domingo, 15 de mayo de 2016

CERTIFICADO

DEFINICIÓN:
El certificado es un documento que acredite la veracidad de un hecho real. La autoridad que emite previamente a comprobado al verdad de este hecho.

Cualquier certificación que falte a la verdad constituye delito; y quien la otorga es sancionado por las leyes penales de nuestro país.

El certificado es un testimonio de hechos concluidos o constatados. Por ejemplo, se expide certificado de estudios, por los estudios realizados en una institución educativa; certificado de trabajo, por los servicios prestados; certificado de salud, luego de haberse examinado el estado de salud de una persona; certificado de orfandad, después de haberse comprobado la situación de desamparo en que se encuentra un menos de edad, etc.

El certificado se emplea tanto en la administración pública como privada, y se expide a pedido de la parte interesada, de la autoridad competente o por mandato de la ley.
Este documento se otorga en papel A4, membretado, o en formularios especiales diseñados para cada tipo de certificado.

FUNCIÓN:
Su función es muy específica: dar fe o afirmar una verdad. Asegura la veracidad y autenticidad de un hecho.

Puede tratar los siguientes asuntos: 

a) Trabajo.b) Estudios.c) Asistencia.
d) Salud.
e) Defunción.
f) Domicilio.
g) Supervivencia.
h) Conducta.
i) Propiedad.
j) Soltería, etc



¿Quien las Genera?

Se utiliza en las compañías, institucionales y establecimientos estatales, particulares y comerciales. También lo puede expedir una persona natural, cual el caso lo exige.

Es un documento muy importante y útil para la realización de algún trámite o gestión personal
Se extiende a petición del interesado. Algunas veces la certificación se redacta en el mismo papel en que se solicitó (parte inferior); y otras veces, en hojas impresas, tipo formulario.

 FACULTAD PARA SOLICITAR  CERTIFICADOS:

  • Tienen facultad para pedir   la expedición de certificados.
  • Los miembros de una entidad sobre el reconocimiento de un derecho o la constatación de un hecho.
  • Las personas naturales capaces mayores de 18 años, o sus representantes legales, que tienen o prueban tener legítimo interés material o moral sobre el hecho cuya certificación solicitan; las autoridades políticas, judiciales, militares y religiosos competentes, y el superior jerárquico.
DOCUMENTOS CON LOS QUE SE PIDE U 

ORDENA 

LA EXPEDICIÓN DE CERTIFICADOS.
  • Los servidores de una entidad y las personas ajenas a ella los piden mediante solicitud; en la que expresan el motivo por el que lo requieren o hace mención al interés material o moral que les asiste.
  • Acompañan recibo de pago y/o formulario valorado, teniendo en cuenta el número de ejemplares que solicitan; las autoridades políticas, judiciales y militares los pieden por medio de oficio; y el superior jerárquico lo ordena mediante memorando.
  • Los certificados que han sido pedidos por las autoridades y la superioridad se envían con oficio de remisión.
FACULTAD PARA EXPEDIR CERTIFICADOS:

Tienen facultad para expedir certificados.

- La autoridad, en forma directa, sobre asuntos de su competencia.

El certificado que expide la autoridad en forma directa presenta las siguientes partes obligatorias:

  1. Membrete.
  2. Cargo de la autoridad que expide el documento
  3. La palabra "certifica".
  4. Texto.
  5. Lugar y fecha.
  6. Texto y fecha.
  7. Firma, postfirma y sello de la autoridad.
  8. Pie de página.

- El subalterno sobre los documentos que obran en su poder, o sobre acciones encomendadas o delegadas; pero requiriendo, en estos casos, autorización previa de su jefe.
Estos certificados, para que no sean objetados por ningún motivo, deben ser visados por quienes autorizan su expedición.

El certificado que expide el subalterno con autorización de su jefe tiene las siguientes obligatorias:

  1. Membrete.
  2. Cargo del servidor subordinado que expide el documento.
  3. La palabra "certifica".
  4. Texto.
  5. Lugar y fecha.
  6. Firma, postirma y sello del que expide el certificado.
  7. Firma, posfirma y sello del que lo autoriza.
  8. Pie de página.
ESTRUCTURA (PARTES):

a) Certificante. Suele ser una autoridad o persona de prestigio, con mayoría de edad. Se escribe todo con mayúscula acompañado con la palabra CERTIFICA:

EL GERENTE GENERAL DE CONCEPTOS GENERALES S.A.
CERTIFICA:

b) Cuerpo. Es la parte central en la que certifica o hace constar algún hecho requerido por una persona.

CERTIFICA:
                  Que el señor Eduardo Gamarra Tapia.........................................................................................

c) Frase Final.
 Se escribe después del cuerpo y contiene casi siempre la siguiente expresión:

"Se expide el presente a solicitud del interesado para los fines que crea conveniente".

d) Lugar y fecha. 
Huaraz, 05 de Noviembre de 2011.

e) Firma, cargo y sello.

Mauricio Noriega Bautista
DIRECTOR

f) Iniciales.

MNB/zpz.

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